Google
 

lunes, 9 de julio de 2007

¿Que son las AFP?

Las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía (AFP) son instituciones financieras de carácter previsional, vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, cuyo objeto exclusivo es la administración y manejo de fondos y planes de pensiones del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad y de fondos de cesantía. En su calidad de administradoras de este régimen, se encuentran obligadas a prestar en forma eficiente, eficaz y oportuna todos los servicios relacionados con la administración de dichos fondos.

Las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía deben disponer de capacidad humana y técnica especializada para cumplir adecuadamente con la administración apropiada de los recursos de sus afiliados, de acuerdo con la naturaleza de los planes de pensiones y de cesantía ofrecidos.

Las AFP deberán constituir y mantener adecuadas garantías para responder por el correcto manejo de las inversiones representativas de los recursos administrados en desarrollo de los planes de capitalización y de pensiones. Además, cuentan con la garantía del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, con cargo a sus propios recursos, para asegurar el reembolso del saldo de las cuentas individuales de ahorro pensional, en caso de disolución o liquidación de la respectiva administradora, sin sobrepasar respecto de cada afiliado el 100% de lo correspondiente a cotizaciones obligatorias, incluidos sus respectivos intereses y rendimientos, y de 150 salarios mínimos legales mensuales correspondientes a cotizaciones voluntarias.

Las administradoras deberán mantener una relación de solvencia en la cual el nivel de activos manejados no exceda de cuarenta y ocho (48) veces su patrimonio técnico.

Con el fin de garantizar la seguridad, rentabilidad y liquidez de los recursos de los fondos, las AFP deben invertirlos en las condiciones y con sujeción a los límites que para el efecto establezca la Superintendencia Financiera de Colombia.

Adicionalmente, las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía deberán garantizar a sus afiliados una rentabilidad mínima, que será determinada con base en la metodología adoptada por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Fuente: http://www.asofondos.org.co

0 Comments: